martes, 17 de mayo de 2011

Plagio, un problema muy serio para los responsables.


Desestimada la demanda de Pérez-Reverte contra los que le acusaron de plagio
El Tribunal Supremo considera que el ejercicio de acciones penales contra el escritor "no supone una intromisión al honor" como alegaba el autor

EFE MADRID 16/05/2011 15:00 Actualizado: 16/05/2011 15:12


El Tribunal Supremo ha desestimado la demanda por intromisión del derecho al honor presentada por el escritor y académico Arturo Pérez-Reverte contra quienes se querellaron contra él por un presunto delito de plagio y contra tres revistas semanales que se hicieron eco de los hechos.
El alto tribunal considera que el ejercicio de acciones penales "no supone una intromisión al honor" en la persona de Pérez-Reverte y que, en este caso, "prevalece" el derecho a la información de los semanarios que divulgaron la información al derecho al honor.
El origen del litigio se encuentra en diferentes querellas presentadas ante diferentes instancias por el cineasta Antonio González-Vigil, a la también se sumó la empresa Dato Sur S.L, por un presunto delito plagio en el guión de la película "Gitano", estrenada en 2000.
Hace un mes, la Audiencia Provincial de Madrid condenó al escritor, que ya ha recurrido la sentencia en el Supremo, a pagar 80.000 euros a González-Vigil por considerar probado que la línea argumental del guión del demandante estaba "incorporada" a la obra de Pérez-Reverte "sin perjuicio de que esta esté además enriquecida con otros matices".
Ahora, el Supremo resuelve la demanda que el autor de El club Dumas formuló en su día contra quienes se querellaron contra él por este presunto delito de plagio, querella que según el escritorcarecía "de todo fundamento". Además, en la demanda el escritor acusaba a las empresas editoras de las revistas citadas de "divulgar la noticia sin contrastar" la veracidad de los hechos ni ofrecer información sobre el archivo de las actuaciones, "limitándose a acusar de plagio al actor en términos sensacionalistas".
Ni el Juzgado de Primera Instancia de Collado Villalba (Madrid) en 2006 ni la Audiencia Provincial de Madrid en 2007 estimaron que estas conductas fueran contrarias al honor de Pérez-Reverte, decisión que ahora comparte el Tribunal Supremo en la sentencia.
En ella argumenta que los querellantes González-Vigil y la empresa Dato Sur S.L. "se limitaron a utilizar las vías legalmente fijadas para la averiguación y persecución de unos presuntos hechos delictivos" y que en dicha apertura de procedimiento no existe "querella o acusación falsa".
Respecto a la divulgación de la denuncia presentada, la sala estima que la relevancia de la información resulta "incuestionable" al tratarse de un célebre escritor y miembro de la Academia de la Lengua.
Además, el Supremo afirma que "no puede sostenerse que el relato de los hechos no supere el canon de veracidad fijado jurisprudencialmente" y señala que en dichas informaciones "no se aprecian expresiones de carácter injurioso o insultante para el demandante".

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